Declaración de Ética, Conducta y Política de Derechos Humanos

1. MENSAJE DEL GERENTE GENERAL

El objetivo de 7SMART LOGISTICS SAC es convertirnos en uno de los aliados de transporte innovadores más reconocidas del país. Por lo tanto, basándonos en nuestros valores, hemos creado la Declaración de ética y conducta y Política de Derechos Humanos. Esto, ayudará a todos los trabajadores de la empresa a actuar correctamente y contribuye a la sostenibilidad del servicio que brindamos a nuestros clientes.

2. OBJETIVO

El objetivo de este Código de Ética y Conducta es mostrar el compromiso de la empresa de seguir principios éticos en sus tareas cotidianas y crear una cultura de integridad ética y moral basada en el deseo de mejorar su desempeño como prestadora de servicios.

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente Código también se aplica a los contratistas, subcontratistas, proveedores, vendedores, distribuidores, miembros de consorcios, intermediarios y consultores con los que la empresa establece relaciones, siempre que sean compatibles con la naturaleza y modalidades de cada vinculación.

4. DECLARACIÓN DE ÉTICA Y CONDUCTA

4.1 VALORES

La Empresa ha venido y optado por orientar el comportamiento de sus colaboradores de acuerdo a los siguientes principios y valores éticos:

  • ORIENTACIÓN AL CLIENTE: Buscamos la excelencia de nuestros servicios mediante el enfoque centrado hacia nuestros clientes, como parte distintiva de nuestro modelo de negocio.
  • INTEGRIDAD: Actuamos con honestidad, ética y transparencia en todas nuestras interacciones, para fortalecer nuestras relaciones comerciales y estratégicas.
  • RESPONSABILIDAD SOCIAL: Asumimos responsabilidad por los impactos de nuestras operaciones, con la comunidad y el medio ambiente.
  • CONFIANZA Y SEGURIDAD: Establecemos relaciones basadas en la confianza entre nuestros clientes, empleados y transportistas.
  • ADAPTABILIDAD E INNOVACIÓN: Nos caracterizamos por adaptarnos frente a los cambios en el mercado y ofrecer soluciones innovadoras con disrupción tecnológica.

4.2 POLÍTICA DE ANTICORRUPCIÓN Y ANTISOBORNO

  • 7SMART LOGISTICS SAC se compromete a exigir la TOLERANCIA CERO a cualquier tipo de ofrecimiento, pago, autorización, solicitud o aceptación de sobornos y/ corrupción, cual fuera la modalidad.
  • Bajo ninguna circunstancia se deberá efectuar pago, regalo o promesa alguna a ningún funcionario o empleado de alguna entidad pública, con el fin de que sus decisiones, acciones u omisiones beneficien a 7SMART LOGISTICS SAC.
  • No tolerará trabajadores de cualquier nivel jerárquico, personal de dirección, representantes, socios o persona natural o jurídica u otra entidad que establezca relaciones de cooperación o que presten servicios a la empresa o que actúen en nombre de ésta que logren resultados a cambio de violar la ley o actuar de manera deshonesta. La Empresa respaldará a todos aquellos bajo alcance de esta Política que se nieguen a realizar pagos impropios, aunque como resultado de ello se pierda una oportunidad de negocio.
  • Si un trabajador identifica una solicitud de soborno o de pago sospechoso proveniente de cualquier persona o entidad, o tiene una duda o preocupación en relación con las actividades que se contemplan o interpretan de la presente Política, tiene la responsabilidad individual de solicitar aclaraciones a su superior jerárquico y éste al Encargado de Prevención de Actos de Corrupción y Sobornos o reportarlas directamente al Encargo de Prevención o repórtalo inmediatamente a través de los canales de reporte establecidos
  • El Encargado de Prevención de Actos de Corrupción y Sobornos hará de conocimiento del ofrecimiento inapropiado realizado por un tercero al Gerente General o quien éste designe, a fin de que evalúe el riesgo de continuar o no la relación comercial con ese tercero que ofreció un beneficio inapropiado. Si la conclusión es continuar con la relación comercial, el Gerente General será responsable de asegurar que dicha decisión se justifique en una evaluación exhaustiva de riesgo y que se tomen las medidas adecuadas para evitar futuros incidentes que vayan contra esta Política.
  • 7SMART LOGISTICS SAC utilizará todos los medios necesarios para determinar si se cometió un acto de corrupción, sin importar la posición, cargo, relación con la Empresa o antigüedad de las personas presuntamente vinculadas al hecho.
  • Los representantes de cada área de 7SMART LOGISTICS SAC deben implementar los lineamientos de la presente Política, definidos por la Empresa, además de los que sean definidos internamente y que contribuyan a mitigar los riesgos de corrupción. Asimismo, deben brindar soporte en el proceso de capacitación sobre los lineamientos de prevención, detección y respuesta.
  • 7SMART LOGISTICS SAC está comprometida a cumplir con todas las leyes aplicables en todos aquellos lugares donde la Empresa lleve a cabo sus negocios. Las personas bajo alcance de esta Política tienen la obligación de conocer y cumplir el contenido de esta Política y de las políticas relacionadas, promoviéndolas entre los proveedores, contratistas y otros involucrados en la compañía.

4.3 CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

  • En consecuencia, cada empleado tiene la responsabilidad personal e indelegable de cumplir con el Código. Una vez que se les informe sobre su aplicación, no podrán justificar su transgresión por falta de conocimiento. De esta manera, se espera que los empleados sean proactivos, evitando la tolerancia a posibles violaciones y actuando por su cuenta cuando detecten algún incumplimiento del Código. Los departamentos de supervisión no deberán aprobar ni permitir las infracciones del Código, y si las descubren, deberán informarlas de inmediato a través de los canales habilitados por la empresa. Por lo tanto, se espera que los trabajadores, proveedores y otros involucrados de forma directa e indirecta a 7SMART LOGISTICS SAC sigan el Código, reporten cualquier infracción y colaboren.

4.4 CONSIDERACIONES DE LA CONDUCTA

El Código incluye las consideraciones necesarias, que permiten a todos los empleados y socios de la empresa comprender los estándares de actuación de la empresa para crear una relación comercial transparente.

  • Conflicto de intereses: deber de fidelidad y no concurrencia
  • Los conflictos de intereses deberán ser comunicados de manera adecuada y pertinente por parte de los Colaboradores. Existe un conflicto de intereses, real o potencial, cuando las relaciones de los Colaboradores con los Socios de Negocio afectan los intereses de la Empresa. En sus relaciones con sus Socios de Negocios, ellos deben privilegiar los intereses de la Empresa, por sobre cualquier situación que pudiera representar un beneficio personal real o potencial para sí mismos o para personas allegadas.
  • Obsequios, hospitalidades e invitaciones y beneficios similares

    La Empresa permite la recepción y el ofrecimiento de obsequios, hospitalidades e invitaciones por parte de proveedores, sujeto al cumplimiento de las siguientes pautas:

    • a. Los Colaboradores sólo podrán recibir de o hacer obsequios, hospitalidades, invitaciones y en general, cualquier beneficio similar a los Socios de Negocio de la Empresa u otro tercero con el que se sostenga un vínculo comercial en virtud de las actividades desarrolladas.
    • b. Los obsequios, hospitalidades e invitaciones no deberán encontrarse prohibidos por la legislación vigente y no podrán exceder el monto 1000 soles o su equivalente en moneda extranjera. Se encuentra totalmente prohibido, bajo cualquier concepto, la entrega o recepción de obsequios en efectivo, cheques o similares.
    • c. Los obsequios, hospitalidades e invitaciones deberán ser proporcionales y guardar relación a las circunstancias en que se aceptan o se ofrecen. Asimismo, no podrán ser ofrecidos u aceptados más de 1 vez al año por cada Socio de Negocio o tercero.
    • d. Durante o inmediatamente después de la negociación de los términos y condiciones de un instrumento que genere una relación legal con socios de negocios de la empresa, los trabajadores de la empresa no pueden ofrecer, conceder, solicitar o aceptar regalos, regalos o hospitalidades, ya sea directamente o a través de un tercero.
    • e. Las invitaciones a conferencias, convenciones, cursos técnicos y gastos relacionados con el transporte, el alojamiento y otros eventos deberán ser comunicadas al área legal de la compañía, quién será el responsable de controlar y aprobar dichas peticiones. Cuando sea la Empresa quien haga la invitación, la gestión será realizada de igual manera.
  • Canal ético

    7 SMART LOGISTICS SAC, tiene un "Canal ético” que servirá como herramienta para denunciar incidentes o hechos que entren en conflicto con los valores y principios de la empresa establecidos para guiar el comportamiento de los empleados. El canal ético está a disposición de los asociados de la empresa y de sus socios colaboradores y, en general, de cualquier tercero que de buena fe sospeche que se ha cometido un acto ilícito o una infracción.

    A través del canal de denuncias se pueden denunciar, entre otros, los siguientes casos:

    • Delitos o tentativas de delito, especialmente los relacionados con corrupción, blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
    • Conducta que atente contra la administración pública.
    • Violaciones del comportamiento ético por parte de los empleados de acuerdo con los estándares marcados por la política interna de la empresa.
    • Se sospecha de que se trata de una actividad ilegal.
    • Cualquier duda y/o cuestión referente al tratamiento y sanciones relacionadas al código de ética y conducta

    Ante cualquier comunicación hacia el canal ético, se puede realizar de forma anónima o identificándose con sus datos personales, además los medios para reportar sus denuncias deben realizarse mediante esta dirección de correo: investigaciones@movilat.com.

    Todas las denuncias serán recepcionadas por el área legal y serán tratadas con la debida confidencialidad y diligencia del caso, tanto de las partes involucradas como de los hechos reportados.

    Cuando las denuncias reportadas encuentren sustento a criterio de la Alta Dirección y las personas relacionadas a dichos actos correspondan a los colaboradores de la Empresa, se estará a lo dispuesto por el reglamento interno de trabajo en materia de sanciones.

5. POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS

Esta Política de Derechos Humanos, tiene como objeto de complementarse con otras políticas de la empresa, que incluyen reglas y otras disposiciones específicas, como la Declaración de Ética y Conducta, descritas en el punto 4 del presente documento, las cuales tienen un ámbito de aplicación válida para los compromisos de la presente política.

De lo anteriormente mencionado, 7SMART LOGISTICS SAC, declara y se compromete a:

  • a. Relaciones con los interesados y la sociedad

    Cualquier inconveniente que surja y afecte a la sociedad en relación con la violación a los derechos humanos por parte de la Empresa o sus colaboradores, debidamente identificados y activos para la compañía, deberá manejarse en el ámbito local, a través de los representantes de la empresa que sean designados, considerándose a la gerente legal y posterior a ello, al gerente general.

    Ante cualquier compromiso adicional, fuera de este documento declarado y que deba asumirse, debe seguir el conducto regular que maneje la compañía (legal-gerencia general), aun cuando pese la buena voluntad para atender las observaciones y mejorar las condiciones de la sociedad.

    b. Lugar de trabajo seguro y saludable

    Todos los colaboradores de 7SMART LOGISTICS SAC, tienen derecho a un lugar de trabajo seguro y saludable que cumpla con las leyes, las reglamentaciones y los requisitos internos vigentes sobre seguridad y salud.

    Para hacer efectivo dicho derecho los colaboradores deben mantener un lugar de trabajo productivo, y ser corresponsables para minimizar el riesgo de sufrir accidentes y lesiones, con la obligación de no exponerse a riesgos que afecten su salud. Los colaboradores de la Empresa también deben coparticipar para mejorar de manera continua la salud y la seguridad en los diversos lugares de trabajo, y son también responsables de la identificación de riesgos y la ejecución de programas para trabajar en la resolución de problemas relacionados con su salud y su seguridad. Todos los colaboradores deberán respetar este derecho tanto con otros colaboradores de la Empresa, terceros u otros que tengan participación indirecta en la compañía.

    c. Trabajo forzado y tráfico de personas

    La Empresa prohíbe toda forma de trabajo forzado, incluso el trabajo carcelario, el trabajo bajo contrato de cumplimiento forzoso o la servidumbre por deudas, de naturaleza militar, equiparable a esclavo y cualquier otra forma de tráfico de personas. Todos los colaboradores tienen derecho a un trabajo digno y remunerado conforme a sus competencias y capacidades, y su contratación deberá cumplir con las leyes y demás regulaciones existentes no solo en los países en que trabajan, sino incluso las que se derivan de los lineamientos y normatividad que se indican en el objetivo de esta política.

    d. Trabajo infantil

    La Empresa prohíbe el trabajo infantil en toda su cadena de valor por lo que todos sus colaboradores deben ser reclutados y seleccionados solo a partir de que cumplan la mayoría de edad para trabajar, conforme lo definan las leyes y reglamentos de los países en que opera la Empresa. La contratación directa o indirecta de personas menores de 18 años para cargos que impliquen la realización de tareas de la Empresa está prohibida. La Empresa, a través de los colaboradores que tienen relación con terceros que participen en sus operaciones, extenderá su influencia para evitar la violación a este derecho humano.

    e. Lugar de trabajo libre de violencia

    La responsabilidad para mantener un lugar de trabajo sin violencia, sin acoso, sin intimidación ni otra condición que resulte insegura o perturbadora para los colaboradores de la Empresa debido a amenazas internas y externas, recae en las diversas direcciones a las que la Empresa ha designado para ello, principalmente a la Gerencia Legal o en su defecto a las labores que este asigne a un tercero. Los colaboradores deben tener a su disposición las garantías de seguridad necesarias con la premisa de respeto por su privacidad y su dignidad. Todos los colaboradores deberán respectar este derecho tanto hacia otros colaboradores de la Empresa como hacia terceros externos a la misma.

    f. Horas de trabajo, salarios y beneficios

    Las áreas definidas por la Empresa para el diseño y determinación de una compensación justa a los colaboradores de la Empresa tienen la obligación de asegurarse que tal compensación es competitiva en relación con la industria y el mercado laboral local, para lo cual deberán contar con los estudios necesarios que demuestren el cumplimiento de dicha responsabilidad. La Empresa deben asegurarse de que las compensaciones a todos los colaboradores estás determinadas de conformidad absoluta con las leyes aplicables en materia de salarios, horarios de trabajo, horas extras y beneficios por medio del área ejecutora (Área legal o aquella que esta última designe).

6. REGISTROS

Correos electrónicos

F-POL-005-001 Formato de conocimiento de la Declaración de Ética, Conducta y Derechos Humanos